Asesoria en viabilidad legal de ideas de negocio de cannabis medicinal y cáñamo industrial en Colombia

Asesoría legal industria del cannabis en Colombia
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Consultoría y creación de proyectos de cannabis y cáñamo
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Expertos en cannabis medicinal y cáñamo Industrial

Somos un equipo de profesionales interdisciplinarios especializados en la formulación y desarrollo de proyectos de cannabis medicinal e industrial en Colombia. En Legislarte realizamos un acompañamiento completo en todas las fases del proyecto, desde el análisis de viabilidad legal, técnica y financiera, hasta la puesta en marcha y la comercialización de materias primas y productos terminados.

Asesoría financiera técnica legal cannabis medicinal Colombia
Luisa María Patiño Marulanda

Luisa María Patiño Marulanda

CEO

Abogada con más de 4 años de presencia en la industria del Cannabis en Colombia, con experiencia en regulación, la gestión y tramitación de proyectos de Cannabis Medicinal e Industrial en Colombia con un equipo especializado para la consultoría técnica, financiera y en protocolos de seguridad.

Experiencia en el trámite de Licencias de semillas para siembra y comercialización, de cultivo de plantas de cannabis psicoactivo y no psicoactivo; y transformación de derivados de cannabis para exportación, uso nacional con fines médicos y científicos ante Ministerio de Justicia. y Ministerio de Salud e Invima.

Agenda asesoría virtual

1 hora de asesoría donde podrás resolver todas las dudas que tengas sobre tu negocio y la industria del cannabis.

Asesoría a empresas e inversionistas en todas las fases del negocio

1. Análisis situacional y viabilidad

Una asesoría completa desde el punto de vista legal, técnico y financiero para el desarrollo de negocios de cannabis en Colombia. Realizamos un proceso de consultoría integral a inversionistas, pequeñas y grandes empresas del sector.

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2. Etapa preoperativa

Trabajamos de la mano con las empresas en el proceso de la consitutución, adquisición de licencias y todos los trámites legales para la operación.

3. Operación

Acomañamiento completo en la fase de producción y comercialización de productos términados, seguridad, buenas prácticas de manufactura, trámites legales, exportaciones y demás.

Nuestros servicios

Asesoría Cannabis en Colombia

Asesoría y representación legal

Asesoría Cannabis en Colombia

Formulación y ejecución de proyectos

Gestión de licencias cannabis medicinal y cáñamo en Colombia

Gestión de licencias y autorizaciones

Asesoría técnica cultivos de cannabis

Asesoría técnica y capacitación de personal en cultivos

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Asesoría y desarrollo de productos de cannabis

Desarrollo de productos terminados

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Una breve introducción de la vida de Mila contada por ella ♡ Un gran honor. @milahashqueen

Una breve introducción de la vida de Mila contada por ella ♡ Un gran honor. @milahashqueen ...

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Una pequeña recopilación de lo que fue el último @expomedeweedcol en Medellín. Gracias a quienes se tomaron el tiempo de hablar conmigo, hablarme sobre sus proyectos, experiencias y expectativas en la industria. Esperamos que se sigan gestando más espacios como estos que permitan fortalecer la unión de los eslabones de la cadena productiva, entender los diferentes puntos de vistas y aprender de las experiencias del otro.

Una pequeña recopilación de lo que fue el último @expomedeweedcol en Medellín. Gracias a quienes se tomaron el tiempo de hablar conmigo, hablarme sobre sus proyectos, experiencias y expectativas en la industria. Esperamos que se sigan gestando más espacios como estos que permitan fortalecer la unión de los eslabones de la cadena productiva, entender los diferentes puntos de vistas y aprender de las experiencias del otro. ...

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Venta de flor como producto terminado en ColombiaEl pasado 19 de septiembre se dio a conocer el más reciente borrador modificatorio del decreto 811 del 2021, por medio del cual se busca iniciar la estructuración legal que permita la venta de la flor de Cannabis como producto terminado con fines netamente medicinales. Es por eso que el día de hoy quiero hablar sobre las principales modificaciones que plantea el decreto modificatorio.En primer lugar, modifica la definición de producto terminado incorporando dentro de la misma al “Cannabis”. Recordemos entonces que actualmente para producto terminado  únicamente se consideran las preparaciones obtenidas del grano y el componente vegetal o un derivado de cannabis, pero se encuentra excluida la flor o como la norma lo define: el Cannabis.En segundo lugar, propone modificar las modalidades de la licencias de cultivo plantas de Cannabis Psicoactivo y No Psicoactivo, con con el fin de que la actual modalidad de exportación empiece a denominarse modalidad de “Uso Nacional y Exportación”.En tercer lugar, modifica aquellos artículos de prohibiciones y obligaciones que se encuentran actualmente en el decreto 811 con relación a la entrega y comercialización del Cannabis como producto terminado, entre ellas, la prohibición de transferir cannabis para consumo humano o veterinario contemplada en el artículos 2.8.11.5.2., parágrafo 4.Ahora es importante aclarar que esta venta de flor únicamente será realizada como un producto terminado con fines medicinales, es decir, bajo prescripción médica, y que serán considerados medicamentos de control especial aquellos medicamento de síntesis química, fitoterapéuticos, homeopáticos o preparaciones magistrales.Por lo anterior, aquellos preparaciones magistrales con Cannabis deberán surtir el mismo trámite que actualmente surten los derivados, es decir, deberán ser elaborados por establecimientos farmacéuticos o servicios farmacéuticos autorizados, los cuales deberán obtener certificación de Buenas Prácticas de Elaboración otorgadas por el Invima y con alcance específico a cannabis o derivados. Actualmente, dicho alcance únicamente está contemplado para derivados.

Venta de flor como producto terminado en Colombia

El pasado 19 de septiembre se dio a conocer el más reciente borrador modificatorio del decreto 811 del 2021, por medio del cual se busca iniciar la estructuración legal que permita la venta de la flor de Cannabis como producto terminado con fines netamente medicinales. Es por eso que el día de hoy quiero hablar sobre las principales modificaciones que plantea el decreto modificatorio.

En primer lugar, modifica la definición de producto terminado incorporando dentro de la misma al “Cannabis”. Recordemos entonces que actualmente para producto terminado únicamente se consideran las preparaciones obtenidas del grano y el componente vegetal o un derivado de cannabis, pero se encuentra excluida la flor o como la norma lo define: el Cannabis.

En segundo lugar, propone modificar las modalidades de la licencias de cultivo plantas de Cannabis Psicoactivo y No Psicoactivo, con con el fin de que la actual modalidad de exportación empiece a denominarse modalidad de “Uso Nacional y Exportación”.

En tercer lugar, modifica aquellos artículos de prohibiciones y obligaciones que se encuentran actualmente en el decreto 811 con relación a la entrega y comercialización del Cannabis como producto terminado, entre ellas, la prohibición de transferir cannabis para consumo humano o veterinario contemplada en el artículos 2.8.11.5.2., parágrafo 4.

Ahora es importante aclarar que esta venta de flor únicamente será realizada como un producto terminado con fines medicinales, es decir, bajo prescripción médica, y que serán considerados medicamentos de control especial aquellos medicamento de síntesis química, fitoterapéuticos, homeopáticos o preparaciones magistrales.

Por lo anterior, aquellos preparaciones magistrales con Cannabis deberán surtir el mismo trámite que actualmente surten los derivados, es decir, deberán ser elaborados por establecimientos farmacéuticos o servicios farmacéuticos autorizados, los cuales deberán obtener certificación de Buenas Prácticas de Elaboración otorgadas por el Invima y con alcance específico a cannabis o derivados. Actualmente, dicho alcance únicamente está contemplado para derivados.
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